Articulos 19 y 20
ARTICULO 19.
Condiciones de Aprobación del Proyecto:
Se considere aprobado el proyecto, cuando el
estudiante hay cumplido las siguientes
condiciones:
1. Haber obtenido la calificación mínima de
dieciséis (16) puntos al concluir el trayecto.
2. Presentar ante los evaluadores del proyecto
un informe oral y escrito de la sistematización del desarrollo del mismo.
ARTICULO 20.
La evaluación del proyecto y demás componentes
del Desarrollo Curricular será
continua, acumulativa y permanente durante el
trayecto de formación
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